Está por demás decir que la pandemia generada por el COVID-19 ha tenido un efecto global en prácticamente todas las áreas de nuestra vida, desde las áreas financieras, sociales y de salud, hasta en qué comemos, qué hacemos todos los días, dónde permanecemos y con quién estamos. Y lamentablemente muchos residentes canadienses de origen latinoamericano aún continúan estancados en sus países de origen luego de más de un año del inicio de la crisis.
Primero fue el cierre de las fronteras, después la cancelación de vuelos, y últimamente son las medidas sanitarias las que impiden o que promueven que las personas mejor continúen en el lugar donde se encuentran en vez de viajar hasta Canadá, su país de residencia.
Algunas de estas personas probablemente acababan de llegar a sus países de nacimiento cuando inició la pandemia, pero otras con seguridad tenían ya uno o dos años de estar junto a sus familias o amigos. Estas últimas personas son las que deben poner más atención a este artículo, dado que contario a lo que sucede con los ciudadanos canadienses que pueden permanecer fuera de Canadá todo el tiempo que quieran, los residentes permanentes únicamente lo pueden hacer durante 1095 días en un periodo de cinco años.
Lo primero que se debe revisar es si su Tarjeta de Residencia Permanente en Canadá aún está vigente. Mientras ésta esté vigente, el residente puede regresar sin problemas. La situación se pone más complicada si ésta está vencida. En esta situación, se debe hacer una solicitud para un documento de viaje (Travel Document). Por favor notar que hay un documento con el mismo nombre que se solicita desde Canadá, pero éste es solamente un documento para los refugiados y personas protegidas que no pueden acceder a un pasaporte de su país de origen.
El documento de viaje para personas cuya tarjeta de residencia se ha vencido se debe solicitar y obtener en el consulado canadiense del país donde se está. Hay que investigar si en dicho país existe una oficina de Visa Application Centre (VAC), y si la hay, el trámite se debe hacer por medio de esa oficina. Si no hay un VAC, entonces el trámite se hace directamente con el consulado o en el Alto Comisionado de Canadá.
Para poder hacer el trámite se debe llenar un formulario que se llama en inglés “Application for Permanent Residence Travel Document” o por su número, el formulario IMM 5524. (El número se encuentra en la parte de abajo a la izquierda).
Con el formulario se deben incluir dos fotos de acuerdo con las especificaciones dadas por el gobierno, el pasaporte original con el que la persona obtuvo la residencia permanente, y el pasaporte válido. Hay que pagar $50.00. Además, se debe demostrar, como en el caso de la Tarjeta de Residencia Permanente, que la persona ha cumplido con los tiempos reglamentarios para mantener la residencia permanente (730 días de presencia física en Canadá en los cinco años antes de hacer el trámite.)
Para probar que sí cumplen con los tiempos, se deben presentar como mínimo dos documentos que demuestren el estatus de residente permanente en Canadá e información de los últimos cinco años antes de hacer la solicitud, tales como: cartas de trabajo especificando el tiempo que la persona ha estado trabajando para la compañía, estados financieros, las declaraciones de impuestos recibidas del departamento del tesoro, prueba de que ha recibido beneficios del gobierno canadiense, si es el caso, contratos de renta o prueba de propiedades, pagos de impuestos, membresía de clubes y organizaciones, y cualquier otro documento que establezca que la persona ha vivido en Canadá por lo menos dos años en los últimos cinco.