Todos deberíamos poder contestar a la pregunta ¿quién es tu executor o trustee? sin tener que pensarlo mucho. Sin embargo, la mayoría de la gente desconoce que, al momento de nuestro fallecimiento, alguien deberá tener la autoridad legal para ejecutar en nuestro nombre actividades tan comunes como encargarse de los arreglos funerarios o tan complejas como encargarse de nuestras deudas (pagos de tarjetas de crédito, pago de impuestos, etc.).
En esta nota AMH Law, expertos en Traducciones Legales, Notarización, Poderes, Testamentos, Incorporaciones en el área de Toronto y Durham, nos comentarán un poco sobre estos representantes legales y responderán 10 de las preguntas más frecuentes acerca de los executor o trustee.
Funciones de un executor/trustee
Un executor o trustee es alguien que deberá gestionar todo lo relativo a la preservación de nuestro patrimonio hasta que este sea repartido a los herederos (beneficiarios). Estas son algunas de las funciones del executor quien, además, suele ejercer la función de trustee, dado que al momento de nuestro fallecimiento mantiene los bienes del patrimonio del fallecido en trust a favor de los beneficiarios (los herederos).
En Ontario el executor suele ser también el trustee (de allí que se denomine executor o trustee casi indistintamente) pues, normalmente, ambas funciones recaen sobre una misma persona.
¿Qué es un executor/trustee?
Es, precisamente, la persona que se encargará de “cerrar” nuestros asuntos una vez que ocurra nuestro fallecimiento y será, además, legalmente responsable de gestionar el patrimonio y administrarlo a favor de los herederos. Aunque se asimila a la figura del “albacea” que es designado por medio de legados (testamentos), no es exactamente igual, pues en cada país esa figura tiene distintas responsabilidades y derechos.
En todo caso, actúa de forma similar, en el sentido en que se encarga de la administración del patrimonio. En Ontario, el executor o trustee puede ser designado mediante testamento escrito en vida del fallecido o bien puede ser designado por la Corte, en el supuesto en que no exista testamento.
¿Cómo designar a un executor/trustee?
Lo más sencillo y recomendable es tener un testamento -independientemente de la cantidad de bienes que poseamos- en el cual otorguemos a una persona designada la autoridad legal para administrar nuestros bienes al momento de nuestro fallecimiento, como executor o trustee, de modo que pueda comenzar sus actividades inmediatamente luego nuestro deceso. Aunque exista una designación expresa, siempre cabe la posibilidad de que el testamento deba ser validado en la Corte para certificar que la persona designada será en efecto el executor o trustee o bien si debe nombrarse un sustito, dependiendo del caso.
En supuestos de ausencia de testamento que designe a un executor o trustee, la Ley establece el orden de prioridad de las personas que pueden aplicar ante la Corte para que sean designados como executor o trustee. El inconveniente es que este proceso judicial puede tardar mucho (incluso meses, dependiendo de la Corte en la que se haya que aplicar) e implica potenciales problemas (casos en donde múltiples personas quieran aplicar como executor o trustee, desacuerdo de hijos y familiares, etc.).
Por estas razones la designación testamentaria es siempre lo más recomendable y eficiente en términos de costo-beneficio, además de evitar aspectos familiares complicados.
¿Puedo designar a una persona adicional como alternativa?
Sí. Por lo general, se designa una primera opción de executor o trustee y se desgina a un sustituto como segunda opción para el supuesto en el cual la primera persona designada como executor o trustee no pueda o no desee ejercer tal función. Se debe tomar en cuenta que la designación por vía de testamenta es meramente un nombramiento y no implica automáticamente que esa persona sea el executor o trustee, pues tal función requiere que la persona designada acepte para que se le otorga la autoridad legal.