Revocatoria de Residencia a Refugiados

Cuidado si eres un refugiado en Canadá y has usado el pasaporte de tu país de origen
Toronto · Publicado el: 25 marzo, 2015

El diario Toronto Star público el pasado 23 de febrero un artículo de Nicholas Keung en el que el periodista comenta sobre la silenciosa tarea que inició el Departamento de Inmigración de Canadá de revocar la residencia permanente de quienes la obtuvieron a través del proceso de refugio.

Durante muchos años la cláusula de revocatoria de residencia permanente a refugiados por suspensión (Cessation) - regresar a sus países de origen o re-acogerse a la protección del estado del que pidieron protección-  no se ejecutó en Canadá.  Ello le dio la “tranquilidad” de viajar a sus países de origen a cientos de refugiados que confiando en que a “muchos de sus amigos y conocidos no les paso nada” ellos decidieron hacer lo mismo.

El riesgo de revocatoria de residencia permanente a refugiados que regresan a sus países no termina cuando pasan la inspección en el Aeropuerto cuando regresan a Canadá de sus viajes. Contrario a lo que muchos piensan, el oficial de Canada Border Services Agency (CBSA) del aeropuerto no tiene la facultad de revocar la residencia permanente o devolver del aeropuerto al residente que regresa. La única autoridad que tiene este oficial es la de generar un reporte para que se inicie posteriormente el proceso oficial de revocatoria de residencia.

El riesgo de que se inicie un proceso de revocatoria de residencia permanente persigue, a quienes infringieron esta ley, hasta el momento de la firma de ciudadanía.  No solo pueden ser penalizados quienes han viajado a los países de los cuales pidieron protección, sino también aquellos que solicitaron la renovación de sus pasaportes o usaron los pasaportes que les devolvió Inmigración en el momento de la firma de la residencia para viajar a cualquier país del mundo aun a un país distinto al de su nacionalidad.  En otras palabras, la residencia permanente de refugiados puede ser revocada tanto a quienes viajan a sus países como a quienes usan sus pasaportes de país de origen.

El proceso de revocatoria se inicia con una carta de la Junta de Inmigración y refugio en la que se detallan las razones por las cuales se inicia el proceso (normalmente las fechas de los viajes y a qué país se hicieron) y los casos revisados y fallados por la Corte Federal que le dan soporte a la revocatoria de residencia.  En esta carta a la persona se le notifica que le será asignada posteriormente una fecha de juicio.


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Dentro de las razones que se pueden argumentar como razón de fuerza mayor para haber regresado a los países de los cuales se pidió protección están las muy conocidas como son la muerte o enfermedad de un familiar, pero ellas no garantizan que la persona pueda conservar su estatus de residente.  Igualmente no es garantía el presentar razones de asentamiento o el sufrimiento al que se va a someter la familia o la persona en caso de perder su status y ser deportada.

En la gran mayoría de los casos es la misma persona la que le entrega al Ministerio de Inmigración todas las herramientas que este departamento necesita para iniciar el proceso de revocatoria de la residencia.  Esta información la entrega el cliente voluntariamente, y sin percatarse, cuando presenta su pasaporte en el aeropuerto al regresar de un viaje o cuando presenta cualquier tipo de aplicación ante el Ministerio de Inmigración; como por ejemplo, la solicitud de renovación de la tarjeta de residencia permanente o la solicitud de la ciudadanía para las que hay que entregar las copias de todas las páginas de los pasaportes vigentes y vencidos y el historial de residencias y viajes de los últimos 4 o 5 años dependiendo de la aplicación.  Esta información también se entrega inconscientemente en las solictudes de patrocinio familiar cunado dentro de las pruebas de relación se envían copias de tiquetes aéreos o declaraciones donde se dice haber viajado fuera de Canadá o incluso a país de origen para encontrarse con el conyuge.

Muchas son las personas que dicen no haber sabido de la existencia de esta ley y otras muchas responsabilizan a terceros por no haberles informado del riesgo que corrían, lamentablemente el desconocimiento de la ley no exonera de la culpa y esta será una de las muchas razones a las que la Junta de Inmigración y Refugio no le de valor probatorio en el juicio de revocatoria.

Abstenerse de viajar a país de origen y solicitar un documento de viaje para refugiados son las dos mejores decisiones que puede tomar un residente por refugio cuando se trata de evitar infringir la cláusula de “suspensión” (cessation) de estatus de refugiado.  Cuando ya se ha infringido voluntaria o involuntariamente, la mejor decisión es consultar antes de presentar cualquier solicitud ante el Ministerio de Inmigración para poder tratar de minimizar el impacto y las consecuencias que esta falta pueda acarrear.

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*Claudia Palacio es Consultora de Inmigración Certificada y colaboradora de este semanario. Pueden dirigir sus preguntas a claudiap@filici.com
Publicado: 25/03/2015

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Posted by Toronto Hispano on Sábado, 21 de marzo de 2015

 

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